Informe anónimo
Ley n.º 93/2021 de 20 de diciembre – Establece el régimen general de protección de las personas que informen sobre infracciones, transponiendo la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión
Esta política rige las actividades de Albino Dias de Andrade, S.A., en el marco del régimen general de protección de las personas que informen sobre infracciones. Esta política de denuncia de irregularidades ha sido establecida para facilitar la denuncia adecuada de cualquier infracción, sin que el denunciante tenga que temer un impacto negativo por la misma.
La conducta de la empresa se rige por la transparencia de sus acciones en las diversas áreas de negocio, con el fin de mantener estándares elevados de integridad.
Sin embargo, esto no altera el hecho de que puedan producirse irregularidades.
Creemos que los empleados y/o personas externas a la empresa que sospechen de irregularidades deben ser capaces de informarlo de manera sencilla y segura. Por consiguiente, Albino Dias de Andrade, S.A. promueve esta política de denuncia para permitir una investigación inmediata y completa de las sospechas. Además, debe garantizarse la protección necesaria para que continúen sintiéndose seguros.
Esta política de denuncia permite que una (presunta) irregularidad sea denunciada lo antes posible, sin esperar, no obstante, que quienes lo hagan prueben que lo que afirman es verdad. Sin embargo, deben ser capaces de demostrar que existen hechos y/o circunstancias que justifican la sospecha razonable de irregularidades.
Alcance
Todas las personas internas y/o externas a Albino Dias de Andrade, S.A. pueden hacer uso de la política de denuncia, incluyendo empleados, proveedores y prestadores de servicios.
Procedimiento
Para presentar una denuncia, utilice el Canal de Denuncias de ADA.
El formulario, la consulta del estado de la denuncia y toda la información sobre el procedimiento están disponibles en el sitio web institucional del grupo.
Alternativamente, las denuncias podrán ser presentadas vía correo electrónico (denuncias@ada.pt), por correo postal (dirección: Rotunda do Complexo Desportivo, n.º 15, 4595-069 Seroa, Paços de Ferreira) o presencialmente ante el Departamento de RR. HH., en la sede de la empresa. Todos los medios puestos a disposición aseguran la confidencialidad, la integridad y la conservación de la denuncia, impidiendo el acceso de personas no autorizadas.
En cualquier situación está siempre garantizada la independencia, la imparcialidad, la confidencialidad, la protección de los datos, el sigilo y la ausencia de conflictos de interés.
Tras la recepción de la denuncia, en un plazo de siete días, se notificará al denunciante su recepción y se le informará de los requisitos, autoridades competentes y forma y admisibilidad de la denuncia.
Tras cualquier denuncia recibida, esta es analizada y se da inicio a la apertura de una investigación interna con el fin de analizar las alegaciones contenidas en la denuncia. Siempre que se justifique, se procederá también a la comunicación a las autoridades competentes.
En un plazo máximo de 3 meses, a contar desde la fecha de recepción de la denuncia, se procederá a comunicar al denunciante las medidas adoptadas y la respectiva fundamentación.
Se mantendrá un registro de las denuncias recibidas y tratadas durante 5 años, o independientemente de dicho plazo mientras estén pendientes procesos judiciales o administrativos referentes a la denuncia.
Confidencialidad
Se salvaguardará siempre la confidencialidad de la identidad del denunciante.
La identidad del denunciante solo podrá ser divulgada como consecuencia de una obligación legal o de una decisión judicial.
El tratamiento de datos personales observa lo dispuesto en el RGPD.
Sin represalias contra el denunciante
Está prohibida la práctica de cualquier acto de represalia contra el denunciante.
Denuncias externas y transparencia: En refuerzo de la transparencia de nuestras políticas, informamos que, como alternativa a nuestro canal de denuncias interno, le asiste el derecho de presentar una denuncia externa ante las autoridades públicas competentes.
Esta versión fue publicada el 23/09/2026

